Contreras # 29813 e/ Dos de Mayo y América, Matanzas
Teléfono:287224-284000
En esta sección usted puede encontrar información sobre los trámites que se realizan en las oficinas de las entidades: Dirección Municipal de Planificación Física, Arquitectos de la Comunidad o Dirección Municipal de Vivienda.
En nuestra entidad se tiene establecido el viernes de 8:00 AM a 4:00 Pm como día de atención a la población, por la dirección y todos los sub directores, acotando que el Departamento encargado de la actividad atiende todos los días en horario laboral.
Se brindan los siguientes trámites y servicios:
- Facilitar el incremento en la construcción de viviendas por el Estado, por la acción de la comunidad y la población.
- Propiciar la conservación y recuperación del fondo de viviendas por el Estado, por la acción de la comunidad y de la población, tanto en forma individual como organizada en microbrigadas para la recuperación de viviendas y edificaciones multifamiliares.
- Establecer regulaciones sobre la trasmisión de la propiedad de los solares yermos, a fin de preservarlos para los planes del desarrollo económico y social del país, así como ordenar la compensación correspondiente a sus propietarios cuando éstos no puedan disponer de los mimos.
- Establecer las reglas para la transferencia de la propiedad de las viviendas que el Estado construye o queden disponibles.
- Establecer el régimen jurídico de las viviendas propiedad del Estado, entregadas en arrendamiento.
- Propender al asentamiento del personal de los centros de trabajo o unidades militares, mediante una categoría especial de viviendas vinculadas o su asignación como medios básicos de esas entidades.
- Además establece las regulaciones sobre:
- el régimen jurídico de las viviendas de propiedad personal;
- los edificios multifamiliares;
- las viviendas en zonas rurales;
- las viviendas ubicadas en zonas de alta significación para el turismo;
- el registro de la propiedad de la vivienda, y los procedimientos para resolver las reclamaciones, las declaraciones de derechos y los litigios en torno a la vivienda.
Incluye además entre los trámites y servicios que brinda:
- Regula el proceso de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales sin status legal o sin observar las formalidades en su construcción, siempre que cumplan con las regulaciones territoriales y urbanísticas, con el fin de transferirlas en concepto propiedad a las personas naturales que ocupen estas.
- Regula la legalización de viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.
- Se ocupa de regular los trámites para la trasferencia de la propiedad de los arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal.
- Es la entidad encargada de los trámites para la transferencia de la propiedad a los usufructuarios ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias, convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo.
- Conoce y resuelve las reclamaciones de derechos y los litigios en torno a la propiedad de las viviendas.
- Regula el procedimiento para la actualización de los títulos de propiedad y la inscripción de viviendas estatales y edificios multifamiliares y su inscripción en el registro de la propiedad.
- Además de lo antes expuesto radica y resuelve las reclamaciones de derechos y el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la aplicación de la Ley General de la Vivienda.
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