Navia Esquina Santa Cristina, Versalles, Matanzas
Atención a la población: 45294575
Teléfono: 52174683
Garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias, con un servicio de calidad en beneficio de la sociedad.
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Garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias, con un servicio de calidad en beneficio de la sociedad.
DESCRIPCIÓN:
Dentro de la legislación tributaria se establecen beneficios fiscales cuya aplicación constituye una obligación para la Administración Tributaria y un derecho para los contribuyentes. Citamos las más importantes para que sean del conocimiento de todos los ciudadanos.
Se mantienen las bonificaciones correspondientes al Beneficio del Pronto Pago, dispuesto para quienes aporten el tributo a inicios del período establecido por la ley No.113, los cuales son:
DEBERES DE LOS CONTRIBUYENYES
Derechos de los contribuyentes
Obtener los beneficios fiscales previstos en la legislación tributaria.
Los mensajes darán alertas sobre el vencimiento de los periodos voluntarios de presentación y pago de tributos, también se incluirán mensajes informativos. Si desea recibir en su móvil, mensajes sobre los plazos para el pago de los tributos, los servicios que ofrece la ONAT y otras informaciones tributarias… deberán enviar un SMS o mensaje gratis al número 8000 con el texto: ONAT y enviarlo, recibiendo posteriormente una confirmación.
Es importante que el contribuyente se informe sobre la legislación y los procedimientos relacionados con sus responsabilidades tributarias, pues el desconocimiento de la ley no lo exonera de su cumplimiento.
Trámites que ofrece la Oficina Nacional de Administración Tributaria están:
Debe producirse en los quince (15) días naturales siguientes a la emisión de la aprobación del ejercicio de la actividad por la entidad correspondiente, o de la fecha de inscripción en el registro constitutivo correspondiente.
La persona natural debe presentar:
La persona jurídica debe presentar:
Ambas personas deben presentar:
Si ocurre algún cambio que implique una modificación del RC (traslado, cambio de actividad, régimen, dirección, cuota, etc.), el contribuyente debe informarlo, en un término de treinta (30) días naturales. Para ello debe presentar el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los 30.00 CUP en sellos del timbre).
El documento emitido por el órgano que autoriza la baja, todos los de trascendencia tributaria que le fueron entregados al contribuyente, o el acreditativo de la cancelación de su inscripción en el registro correspondiente.
El documento del órgano rector que dispone la suspensión temporal del ejercicio de la actividad y el modelo RC-05 Identificación Fiscal Única.
La ONAT emite una certificación fiscal única, que contiene:
Más información en: www.onat.gob.cu
Si ocurre algún cambio que implique una modificación del RC (traslado, cambio de actividad, régimen, dirección, cuota, etc.), el contribuyente debe informarlo, en un término de treinta (30) días naturales. Para ello debe presentar el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los 30.00 CUP en sellos del timbre).
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